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La reforma al Código Urbano para el Estado de Jalisco –publicada el 5 de noviembre en El Periódico Oficial El Estado de Jalisco–, recibió un total de 140 observaciones de la Asociación de Desarrolladores Inmobialiarios, Coparmex, Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco, Cámara de Comercio, Cámara Nacional de la Vivienda y de la Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción –nótese que son los más interesados [¿afectados?] en términos económicos–. Pero bien, ¿qué es lo que se critica y qué tan sustentadas están las observaciones? Veamos…

 

Gustavo Núñez, director de la Asociación de Desarrolladores Inmobiliarios (ADI), señaló que la reforma al artículo 176 del Código Urbano amplió los porcentajes de cesión de la superficie bruta correspondiente a una zona habitacional, pues ésta pasó del 16 por ciento –como estaba anteriormente legislado–, a un margen que va del 16 hasta el 24 por ciento –como quedó– [en función de la densidad referente al número de viviendas por hectárea que exista en dicha zona habitacional]. Es importante señalar que estas «cesiones» territoriales son exigidas a efectos de asegurar espacios públicos para uso y disfrute de la comunidad que ahí se asentará.

El argumento de la ADI es que se va aumentar hasta en un 28 por ciento el precio final de las viviendas [empresarios preocupados supuestamente por la gente, ajá]. Lo cierto es que reducir el área de venta en una zona habitacional, para que crezca el espacio público, naturalmente reduce el margen utilidad –algo que sí importa a un empresario, de esos voraces de la construcción–. Además, la reforma al Código Urbano trata de asegurar, en zonas habitacionales de alta densidad, cuando menos tres metros cuadrados de espacio público por habitante, en el entendido de que la Organización Mundial de la Salud recomienda –ojo– 12 metros cuadrados como un mínimo de espacio público por habitante. Precisamente por ello es que hoy, las plazas comerciales –espacios privados– se han convertido en el principal espacio público de poblaciones enteras.

Curiosamente se sube al tema el Partido Movimiento Ciudadano (PMC), con argumentos tan empobrecidos, como infundados. En un primer momento, Ramón Guerrero, presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano, señaló que la reforma al Código Urbano fue de «bote pronto», explicando –según él– las inconformidades (Reforma; 11/Nov/2015). Da la impresión que no llegó ni a leer ni analizar el texto de la reforma. Lo cierto es que de los 166 cambios al Código Urbano –aprobados por el Pleno de la LX Legislatura el 29/Oct/2015– todos surgieron como consecuencia de un amplio proceso de consulta a académicos, especialistas y representantes de las diversas agrupaciones y colegios de profesionales. Debe decirse, realizado a través de foros y diversos ejercicios de discusión, mismos que duraron más de un año, según lo informa el mismísimo boletín del Congreso de Jalisco, con fecha del 29/Oct/2015.

Ramón Guerrero señaló que en el Código Urbano «no existen y no nos dejaron las condiciones para la convocatoria [del titular de la Prodeur], no podemos convocar hoy por ejemplo. No están las condiciones para nombrar al nuevo procurador». Pero resulta que: 1) el artículo 7, Fracción IV, del vigente y recién reformado Código Urbano, señala la designación del Procurador de Desarrollo Urbano como una de las facultades a cargo del Congreso local; 2) en su artículo 19 se establecen los requisitos de elegibilidad que deberán observarse para su nombramiento y el respectivo proceso de convocatoria; 3) dispone en su artículo 20 el periodo de su encargo; y 4) por si fuera poco lo anterior, la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, en su artículo 83, da luz sobre el proceso de su designación.

Así las cosas, viene una duda razonable: ¿Por qué PMC tiene exactamente la misma línea argumentativa contra la reforma al Código Urbano, que la de los desarrolladores de vivienda? ¿Acaso responde a esa conocida relación entre los desarrolladores inmobiliarios y el partido político que gobierna casi toda la ZMG? Más aún, un amplio proceso de consulta derivó en una reforma al Código Urbano. Pero ¿la reforma debe ser echada abajo porque se ven afectados los intereses de los voraces constructores, que en esto pretenden ser juez y parte interesada? Dice el proverbio que, piensa mal… y acertarás.