Foto: Teléfono Rojo

Las multas y sanciones deben ser para, mediante un castigo, penalizar a quien recurre a una conducta no deseada en la sociedad. La penalización impuesta debe servir para inhibir que se repita la conducta no deseada, o que ocurra con menos frecuencia en perjuicio de todos. Cuando la multa o sanción no inhibe o disuade la conducta irregular, algo ocurre en el proceso, algo anda mal. Puede ser que la multa no es lo suficientemente eficaz (no es suficientemente disuasiva para evitar la práctica no deseada), tal vez porque al trasgresor le es más cómodo o sencillo pagar la multa, que modificar la conducta trasgresora de la norma. Sería entonces el momento de revisar si la sanción (monto, forma, método) cumple su cometido o debe modificarse. Para el caso de las fotomultas, en este espacio se ha documentado, que tal como están pactadas entre el gobierno y la empresa Autotrafic, NO inhiben la conducta –pues cada año hay más multas–.

Además, reafirmo hoy, que tal como se han convenido con Autotrafic –mediante una cuota de 50 mil multas a aplicar, o el gobierno paga la diferencia- tienen como finalidad llegar a una cuota o ingreso cada mes, para que sea negocio para el particular y a su vez reporte un monto de recaudación para el gobierno, por esta vía. ¿Por qué se pactan cuotas? Cuando sólo se busca obtener más dinero de la muy golpeada economía familiar, a partir de la aplicación de la mayor cantidad de multas posible, obviamente no se pretende disminuir lo que nos afecta (conducir a exceso de velocidad), sino que se busca sostener un negocio turbio que tiene como objetivo aplicar cada vez más multas y, a través de ello, conseguir más dinero del ciudadano para el gobierno y para la empresa Autotrafic, que se llevará ahora ¡un 40% de cada multa pagada!.

Pero a partir de un reduccionismo maniqueo, en tres patadas, se puede leer lo anterior como una oposición a la aplicación de multas y sanciones para quienes exceden el límite de velocidad. Nada más lejano a la verdad. La crítica –fundada, por cierto– es a un proceso poco transparente, que en principio despide un tufo rancio a más corrupción. No observarlo, pretender justificarlo, bajo el argumento de que las multas y sanciones son necesarias –y lo son– es afirmar que el fin justifica los medios. Bajo esta lógica, como las multas y sanciones son necesarias para castigar a quienes exceden el límite de velocidad, toleremos entonces cualquier arreglo, corrupto o no, eficaz o no, transparente o no. Sería justificar todo con el fin de que las multas se apliquen de cualquier forma, a cualquier costo, con cualquier método, con o sin certeza para el infraccionado, se cumpla o no con la ley. Incluso, que sean o no, según las normas vigentes, multas y sanciones legales; sobre todo cuando hoy varios jueces las han anulado ya, porque ¡no cumplen requisitos mínimos de legalidad!.

Volvamos otra vez a los datos duros. El número de fotoinfracciones de 2013 a 2016, creció año tras año –en un 103.4%. Pasamos de 404,248 fotomultas, en 2013, a un total de 822,240 fotomultas en 2016. Cada vez hay más multas, lo que deja claro que no se disuade o inhibe la conducta que pretenderíamos reducir, a través de la fotomulta. Es decir, NO es efectivo el método. Lo que sí, es un buen negocio para la empresa Autotrafic y para el gobierno que obtiene (recauda) cada vez más dinero, con más y más multas aplicadas con fines recaudatorios, que no previenen el exceso de velocidad, ni lo inhiben. En el contrato 57/14, de la licitación pública local LPL02/2014, que comenzó a operar a partir del 01 de mayo de 2014, y debe terminar el 30 de septiembre de 2018 (50 meses de duración), se lee que el contrato será solventado con recursos estatales sobre una base de 50 mil infracciones por mes (la cuota propuesta). En el contrato 330/16, que arrancó el 01 de octubre de 2016 y terminará el 30 de noviembre de 2018, se modificaron las ‘cuotas mensuales’ de fotoinfracciones y sólo se estableció que fuera un 40% del costo de la multa para el proveedor, “cuyo monto real de pago se calculará con el número de infracciones efectivamente pagadas a la secretaría”. Un 40% de cada multa pagada, ¿no es excesivo? ¿Quién negoció esto, y a cambio de qué?

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