Foto: Conversatorio. “La producción en concesiones indígenas”.

México cuenta con 69 lenguas nacionales: 68 indígenas y el español. Debido a lo anterior, se encuentra entre las primeras 10 naciones del Mundo con más lenguas originarias, y ocupa el segundo lugar con esta característica en América Latina, tan sólo después de Brasil. Resulta oportuno destacar que las lenguas más habladas en nuestro país son: 1ro) español; 2do) náhuatl [1,725,620 personas lo hablan]; 3ro) maya yucateco [859,607 personas lo hablan]; y 4to) inglés [500 mil personas lo hablan]. De acuerdo a INEGI, habitan poco más de 7.3 millones de mexicanos indígenas en el territorio nacional. No obstante, lo verdaderamente revelador del dato es que el 11.3 por ciento de esta población indígena no habla el español, es decir, 834 mil 254 mexicanos sólo hablan su lengua originaria.

Esto viene a cuenta porque, de acuerdo artículo 161 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTyR), todos los canales de televisión, acertadamente, están obligados a transmitir con “lengua de señas para dar accesibilidad a personas con debilidad auditiva. Estos servicios deberán estar disponibles en al menos uno de los programas noticiosos de mayor audiencia a nivel nacional”. El Estado obliga a los concesionarios de televisión a transmitir en lenguaje de señas para asegurar el derecho humano de acceso a la información a 694 mil mexicanos con ‘debilidad auditiva’ que existen en México de acuerdo a INEGI.  No obstante, la ley NO establece la obligación de los usuarios de los tiempos oficiales del Estado, para producir y transmitir los spots públicos en lenguas originarias, por lo menos en las radios indígenas. Nos referimos a 1) los mensajes oficiales más importantes de autoridades de los tres órdenes de gobierno [p. ej. campañas de vacunación ante pandemias como lo fue la Influenza H1N1; o el azote próximo de un huracán categoría 5;]; y 2) los tiempos oficiales del Estado en materia electoral [p. ej. spots, debates presidenciales]. Lo anterior, a razón de que existen 7.3 millones de indígenas en el país y, de ellos, 834 mil no hablan español,

Como paradigmático botón de muestra conviene destacar el hecho de que en el debate presidencial del próximo domingo, en la televisión, se podrá visualizar un cuadro para la traducción al lenguaje de señas, lo que beneficiará a 694 mil personas con problemas auditivos; no obstante, no se traducirá una sola palabra para los más de 834 mil indígenas que no hablan español, incluso en las radios indígenas.

Vamos, si ya existen excepciones constitucionales positivas para los indígenas, en atención a su diversidad cultural, como la libre determinación para decidir sus formas internas de convivencia y organización social, económica, política y cultural; o autonomía para aplicar sus propios sistemas normativos en la regulación y solución de sus conflictos internos, sujetándose a los principios generales de esta Constitución, ¿por qué no en materia de acceso a la información con respecto a los mensajes y tiempos oficiales que difunde del Estado? De forma que continúa la falta de inclusión social para poblaciones enteras de comunidades indígenas en términos de acceso a la información y anuncios de los entes públicos del Estado. Conviene destacar que en la LFTyR existe un apartado sobre “Derechos de las Audiencias con Discapacidad”, que va del artículo 257 al 258, pero no existe un apartado homólogo que disponga algo sobre los “Derechos de las Audiencias Indígenas o de Lengua Originaria”. ¿Hasta cuándo?

En enero de 2016, la Primera Sala de la SCJN,  por vía del amparo, publicó una resolución –que tuvo como ministro ponente a Arturo Zaldívar Lelo de Larrea– en la que se declaró la inconstitucionalidad del artículo 230 de la LFTyR. La SCJN concluyó su inconstitucionalidad “puesto que dicha norma establecía que las radiodifusoras comerciales harán uso del idioma nacional —entendido como el español—, limitando el uso de las lenguas originarias a las concesionarias indígenas.”  De forma que hoy la ley establece que “las estaciones radiodifusoras de los concesionarios podrán hacer uso de cualquiera de las lenguas nacionales de conformidad con las disposiciones legales aplicables”, pero la pauta oficial continúa únicamente en Español…

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