El pasado 17 de enero, Milenio consignaba que “Los diputados federales del PRI presentaron una iniciativa de reformas constitucionales para reducir de 500 a 400 el número de diputados federales y de 128 a 96 el de senadores, ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión”. Desde la campaña presidencial, el candidato del PRI había ya lanzado esta propuesta que duró congelada, por falta de consenso. Hoy, frente al conjunto de recortes en el sector público, la propuesta de disminuir la representación proporcional vuelve a tomar fuerza, sobre todo por la bien ganada mala imagen de los legisladores.

Al respecto viene bien recordar que fue en la reforma política del 6 de diciembre de 1977, cuando se incluyó, en la Ley Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales (LFOPPE), el principio proporcional de elección en 100 (25%) de 400 escaños que integraban la totalidad de la Cámara de Diputados.

La representación proporcional sirvió como una válvula de escape a minorías intensas que reclamaban su derecho a expresarse en el Congreso. La aparición de escaños proporcionales y su posterior aumento a 200, constituyó una medida que garantizó una suerte de “pluralismo legislativo”. La representación proporcional funcionó para lo que en 1977 fue concebida: para disminuir la presión social sobre la elaboración de reglas electorales y prácticas políticas más democráticas. Es así que cuando aumentaba la presión por estos reclamos, aumentó también el número de escaños proporcionales (1987) e incluso, se introdujo la proporcionalidad en el Senado.

No obstante, a la fecha la representación proporcional, tal y como está legislada, es más una cuota de poder de las oligarquías partidistas, que propiamente la representación política de las minorías. Aunque visto técnicamente, las oligarquías (círculos de poder) son una minoría al interior de los partidos. Resulta insostenible afirmar que con más diputaciones proporcionales se logró mayor pluralismo y democracia… La prerrogativa de los partidos para definir la prelación de la lista, les concede hoy, en efecto, la posibilidad de meter al congreso a sujetos sin mayor sanción democrática o beneficio social representativo.