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El Presidente Andrés Manuel López Obrador decidió hacer uso de su facultad de objeción a la designación del Senado de la República, respecto de los dos recién nombrados comisionados del Instituto Nacional de Trasparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), Ana Yadira Alarcón Márquez —relacionada con el PAN— y Rafael Luna Alvizo —relacionado con Monreal—.

A inicios del mes de marzo, con 11 meses de retraso y después de que el Consejo Consultivo del INAI promovió un amparo por la omisión reiterada del Senado para designador los comisionados faltantes, el pleno del Senado aprobó la designación de Ana Yadira Alarcón y Rafael Luna como nuevos comisionados del INAI, cargo que pretendían ocupar por un periodo de siete años. Debido a la objeción del presidente, que dejó sin efectos la designación, podríamos estar -al final de esta semana- ante la primera ocasión en la historia de México que un Organismo Constitucionalmente Autónomo, que tutela dos derechos fundamentales, quedaría en ‘inoperancia’ debido a la ausencia de nombramientos que permitan el quórum legal que requiere el pleno de cuando menos cinco comisionados (se tendrían únicamente cuatro de no llegar los nombramientos correspondientes). De modo que cualquier intento de resolución del pleno del INAI, sin haber al menos cinco comisionados, carecería de validez jurídica.

El presidente de la República mencionó: “No sé quién lo llevó a cabo, pero todo indica que se repartieron a los dos candidatos, uno para Morena y otro para el PAN”, refiriéndose a la designación de dos comisionados, que fueron legalmente objetados por el presidente. “Se vetó. Es un derecho constitucional que tengo, porque al parecer no se actuó bien. Hubo un acuerdo”. Nada raro. El modelo de ‘cuates por cuotas’ efectivamente operó en la Cámara alta, y el presidente tuvo su motivo perfecto para ejercer el derecho legal de objetar los nombramientos.

Ante la pública falta de empatía del presidente de la República, respecto de las tareas del INAI, adviértase que el retraso en la integración de los espacios vacantes, es una obligación que únicamente recae en el Senado,que ha sido, por un año, deliberadamente omiso para resolver la designación de las y los comisionados vacantes.

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