A la hora de cierre de esta columna, en la elección extraordinaria de Tlaquepaque había ganado, contundentemente, el abstencionismo. Se estima una participación electoral inferior al 40% de las y los ciudadanos que gozan del derecho para votar. Dicho de otra forma, más del 60% decidió NO acudir a votar, ayer domingo. La segunda elección para integrar el gobierno municipal de Tlaquepaque no despertó el interés mayoritario de las y los votantes. De forma que esta elección fue, básicamente, para mostrar la capacidad de movilización de los partidos políticos. Se podía advertir con anticipación, que la elección la ganaría el partido con mayor capacidad de convocar a sus simpatizantes a votar, en medio de una indiferencia respecto de la competencia electoral.
Resulta oportuno preguntarnos, ¿cuál es la institución del Estado mexicano que debe promover el voto? La respuesta es interesante. De acuerdo a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), son los partidos políticos los encargados de ello, pues en su artículo 41, Fracción I, señala “los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática”. Posteriormente, en el mismo artículo, Fracción II, la CPEUM dispone que los partidos políticos tendrán financiamiento público para sus “actividades tendientes a la obtención del voto”. Mientras que el apartado C, de la Fracción V, del citado artículo 41 constitucional, señala que son los “OPLES” los que ejercerán la función de la “educación cívica” del pueblo.
Es decir, a los partidos políticos les compete de manera preponderante el aspecto cuantitativo de las elecciones: propiciar la mayor participación electoral posible (en términos brutos); mientras que a los institutos electorales les compete desarrollar aspectos cualitativos, mediante la difusión de la cultura y los valores democráticos, construir ciudadanía y desplegar aptitudes y actitudes cívicas entre los mexicanos.
Los resultados calificados se podrán conocer hasta el miércoles, sí es que ese mismo día logran terminar el proceso de cómputo total. Pero sería difícil que la tendencia mostrada en los resultados preliminares pueda revertirse. Es bien sabido que una elección, donde predomina la abstención mayoritaria, son el corporativismo y las relaciones clientelares electorales, los instrumentos que aventajan para la obtención del voto. Un duelo entre redes corporativas y clientelares del partido del gobierno municipal y del gobierno de Jalisco (MC), versus el partido del gobierno federal (Morena).
La mayor irregularidad de la elección municipal extraordinaria en Tlaquepaque parece que fue la declaración anticipada de triunfo de ¡ambos candidat@s!, antes incluso que el total de las actas fuese hecha pública. Como si las instancias electorales fueran de ornato, los dos partidos con mayor votación hicieron -de nuevo- explícito su deseo de anticiparse, de sorprender, de aventajar y tal vez también de confundir, incluso antes de que, con certeza, se dispusiera de los resultados totales para sacar conclusiones irrefutables. Esa característica cada vez más antidemocrática de autoerigirse en ganador, en franco desacato de las leyes y los procesos electorales.
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