Los medios de comunicación modernos engloban, en su conjunto, a una compleja constelación de derechos que no son sólo fundamentales, sino imprescindibles para la vida en democracia: la libertad de prensa, la libertad de pensamiento, la libertad de expresión, el derecho de acceso a la información [que incluye el derecho de buscar, investigar, recibir y difundirla], el derecho de réplica, así como el derecho humano de acceso a las tecnologías de la información, la comunicación y el Internet.

A la luz de lo anterior, podemos concluir que existe una afortunada relación interdependiente entre medios de comunicación, construcción de ciudadanía y democracia. De forma que no es posible hablar de un sistema democrático sin medios de comunicación robustos, plurales, libres e independientes. De esta manera, los medios de comunicación, en clave democrática, no sólo son un medio para el afianzamiento de las democracias modernas, sino son, en buena medida, un fin mismo de toda democracia republicana. Porque resulta evidente que una pujante libertad de prensa es fundamental para la vida en democracia, pero también, una deficitaria libertad de prensa puede ser nociva para esa misma democracia. De modo que los medios de comunicación están obligados a satisfacer este derecho de la manera más eficiente, transparente y objetiva.

Al respecto, una tesis jurisprudencial de la SCJN identificó que “la importancia del derecho a la libertad de expresión reside en la libre circulación de ideas para la formación de la ciudadanía y de la democracia representativa, lo cual facilita el debate acerca de los asuntos públicos”. En ese sentido, interpretó que tal derecho “se encuentra ligado de manera inescindible al pluralismo político como valor esencial de un Estado democrático”.

De forma que una opinión pública informada permite a la ciudadanía, por una parte, formarse un juicio crítico de su entorno, de los representantes, de sus ideas y sus acciones; y, por otra parte, permite ejercer un mayor control ciudadano en las personas que ejercen cargos públicos, pues se promueve su responsabilidad en la gestión de los asuntos públicos y la transparencia de sus actividades.

DE AHÍ QUE SE JUSTIFIQUE LA EXISTENCIA DE UN MARGEN MÁS AMPLIO DE PROTECCIÓN AL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN EN EL DEBATE POLÍTICO ACERCA DE ASUNTOS DE INTERÉS PÚBLICO.

De esta manera, libertad de expresión promueve la libre circulación de ideas, un aspecto que resulta esencial para que la ciudadanía pueda formarse una opinión, tan libre y completa como le sea posible y, de esa manera, se proteja, a su vez, el derecho a emitir un voto libre y razonado.

Con relación a lo anteriormente expuesto, el filósofo austriaco, Karl Popper, advertía que, como medio de comunicación, NO puedes difundir ‘telebasura’ amparado en el falaz argumento de que eso es lo que a la gente le gusta ver o consumir. Y tenía toda la razón. Los medios de comunicación, como ‘vehículos’ para el cabal ejercicio de derechos humanos fundamentales para toda democracia, como lo es la libertad de expresión y el derecho de acceso a la información, deben ser conducidos con un sentido de responsabilidad social y cívica, y en apego a los valores y principios que animan la competencia y la convivencia en democracia.

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