El Poder Legislativo federal ha decidido extinguir un conjunto de fideicomisos del Poder Judicial Federal, que parece, puede detonar una profunda crisis constitucional en la relación entre estos. La Jornada publicó ayer que “el Senado aprobó esta madrugada la minuta por la que desaparecen 13 fideicomisos del Poder Judicial de la Federación (PJF), con el voto de la mayor parte de los legisladores de Morena y sus aliados”. Huelga decir que el fideicomiso, en el ámbito judicial mexicano, ha sido una herramienta muy singular para el manejo de fondos y la realización de diversos gastos, no siempre bien justificados. Sin embargo, ha habido debates sobre su extinción, principalmente por motivos de transparencia y eficiencia administrativa.

De acuerdo con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Título Tercero, Capítulo IV, se establece que el Poder Judicial de la Federación se deposita en una Suprema Corte de Justicia, en un Tribunal Electoral, en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito. La estructura y funciones de estos organismos se determinan de manera independiente de los otros dos poderes (Ejecutivo y Legislativo). Aunque el proceso de designación de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) implica una colaboración entre el Poder Ejecutivo y el Senado, existe un sistema de equilibrios y contrapesos que no se debe dejar de observar. El presidente propone una terna, y el Senado debe elegir. Si el Senado rechaza las ternas, el presidente tiene la facultad de designar directamente al ministro.

Además, los ministros de la SCJN duran en su cargo 15 años, y tienen el principio de inamovilidad, lo que significa que no pueden ser removidos, sino por causas graves, previamente establecidas en la norma. El Poder Judicial cuenta con autonomía presupuestaria, lo que indica que tiene la capacidad de administrar su propio presupuesto, aunque este sea aprobado por la Cámara de Diputados.

El Poder Judicial tiene la facultad de revisar las acciones y leyes de los otros dos poderes a través del sistema de control constitucional (amparo, controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad), garantizando que estas se apeguen a la Constitución. Las decisiones tomadas por la SCJN y otros organismos judiciales federales, se basan en criterios legales y jurisprudenciales, y no están sujetas a revisión por los otros dos poderes, salvo en los términos que la propia Constitución establece.

Así las cosas, el control constitucional entre poderes, representa una herramienta crucial para mantener un equilibrio entre los diferentes poderes del Estado, asegurando así una forma de gobierno más justa y apegada a la ley. Esta supervisión se manifiesta a través de mecanismos que permiten a las autoridades jurisdiccionales examinar la constitucionalidad de las acciones emprendidas por el poder ejecutivo y legislativo. A cada uno de estos poderes corresponde LN roles y responsabilidades definidas por la Constitución. Sin embargo, la relación entre estos poderes no siempre es armónica, y pueden surgir conflictos de intereses o interpretaciones divergentes sobre ciertos temas. Es aquí donde el control constitucional juega un papel vital en la resolución de estas disputas y en la protección de la supremacía de la Constitución.

El control constitucional en México también ha evolucionado para adaptarse a las circunstancias cambiantes y a las necesidades de la sociedad. Por ejemplo, la reforma constitucional de 2011 otorgó un mayor protagonismo a los derechos humanos, y estableció la obligación de todas las autoridades de promover, respetar, proteger y garantizar estos derechos. Esta reforma ha impulsado un enfoque más centrado en los derechos humanos y en el ejercicio del control constitucional. Sin embargo, también existen desafíos en el camino hacia un control constitucional efectivo. La politización de la SCJN y las presiones externas pueden afectar la imparcialidad y la independencia del poder judicial, sobre todo si entra a resolver sobre un asunto del que directamente es un parte involucrada.

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