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Desde julio de 2015, la Secretaría General de Gobierno comunicó que el Poder Ejecutivo del Estado presentaría una iniciativa a efectos de que ningún servidor público devengue una percepción mayor a la del Gobernador en Jalisco. Pero a la fecha, la iniciativa no se ha presentado y parece haberse olvidado el tema.

Es importante destacar que, desde el 23 de julio de 2009, el Congreso de la Unión fijó un plazo de 180 días naturales para que las Legislaturas de los Estados y el DF adecuaran su legislación con el objeto de homologar el criterio dispuesto en el Artículo 127 de nuestra Carta Magna, donde se determina que “ningún servidor público podrá recibir remuneración (…) mayor a la establecida para el Presidente de la República”. Es decir, en todas las entidades federativas nadie debería ganar más que el Gobernador, y ningún gobernador debería tener una remuneración mayor a la del Presidente. A la fecha son 17 las entidades federativas que han hecho las modificaciones constitucionales correspondientes, ocho de ellas desde 2010 –como Oaxaca–. Jalisco, continúa dilatando esta obligación constitucional. Por alguna extraña razón, el anuncio del secretario General de Gobierno se convirtió luego en un silencio, y la propuesta de iniciativa terminó en otro de esos anuncios sin mayor seguimiento.

Si bien Jalisco cuenta con el Comité Técnico de Transparencia y Valoración Salarial (CTTVS), que de acuerdo a la Ley de Servidores Públicos del Estado de Jalisco determina “los montos máximos de las percepciones anuales de los servidores públicos del Estado de Jalisco (Art. 46-bis)”, éstas no son más que “recomendaciones” sin efectos vinculantes (Ibídem). Leyes y/o acuerdos sin efectos vinculantes son como las “llamadas a misa”; esto es, la fuerza de lo vinculante estriba en el hecho de que su incumplimiento se sanciona política, penal y/o administrativamente.

Mientras el Gobernador de Jalisco gana 166 mil 194 pesos mensuales brutos, el magistrado presidente del TAE gana 235 mil 875 pesos mensuales brutos [apenas 16 mil 357 pesos brutos más que los demás magistrados del TAE]. El mundo al revés, mientras que se advierten ausentes las sanciones para quienes con su actuar, sitúan en severo predicamento los fines del servicio público [p. ej. Juicio político], los incentivos –el sueldo– a su muy cuestionable desempeño son francamente exagerados. La OCDE utiliza un… Clic aquí para continuar leyendo.