El pasado 5 de agosto, la Secretaría de Movilidad anunció que daría a conocer un estudio en no más de 20 días [el 20 de agosto], que tendría por objeto arrojar una serie de resultados para definir la regulación de las Empresas de Redes de Transporte [Uber, Cabify, Citydrive, etc.] y con ello poner fin a los conflictos entre estos y los operadores del taxi convencional [no se mencionó nada sobre el usuario]. A la fecha, seguimos sin el dichoso Estudio.
El secretario de Movilidad señaló que era obligación del Estado [¿en dónde dice?] velar por la seguridad de las «60 mil familias» [¿y los usuarios?] que se mantienen de los taxis amarillos. No obstante, el número parece ser a todas luces exagerado, pues en la ZMG [donde opera Uber] circulan nueve mil 975 taxis con concesión. Bajo esa idea(60 mil familias), cada taxi tendría que ser manejado por 6 choferes, con familia dependiente a sus ingresos [en lógica del Secretario, todos los choferes tienen familia que sostener: ni uno es soltero].
Pero es del dominio público que –cuando mucho– son dos los choferes que operan un mismo taxi, que dividen un día completo en dos turnos de operación. Por supuesto, todo parece indicar que el Secretario trató de imprimirle exageración al tema, tal vez para darles cariño a los dueños de los «taxis amarillos», frente a la eventual reglamentación de Uber. Se puede deducir entonces que el Secretario de Movilidad sigue confundido, porque las Empresas de Redes de Transporte (ERT) no compiten con el taxi convencional, pues el servicio de transporte basado en aplicaciones móviles se oferta sólo a quienes 1) tienen un dispositivo móvil conectado a Internet; y 2) cuentan con una tarjeta de crédito. En el país, el número de personas que cumplen con estas dos condiciones, ascendería –cuando mucho– a los 22.8 millones. Asimismo, el secretario de Movilidad señaló que aceptar la aplicación del modelo Uber, sin mayor objeción, podría facilitar el crecimiento desmedido de estas plataformas (El Informador; 5/Ago/2015).
No obstante, reducir o limitar el número de autos con el que operarían estas empresas en la ciudad, representaría un perjuicio fundamentalmente para el usuario, pues las tarifas de las ERT son «dinámicas», es decir, cambiantes en función de la oferta y la demanda. Esto es, si se reduce o limita la oferta de autos Uber, aumentaría sensiblemente la demanda, por lo que la tarifa del servicio subiría exponencialmente en perjuicio del usuario.
Conviene preguntarse ¿cómo se ha regulado Uber en México? La Ciudad de México (15/Jul/2015) fue la primera en reglamentarlo. Básicamente, la regulación se centró en el usuario –tal y como lo exigía la COFECE– y en la formalización de métodos ya practicados por Uber, como el hecho de que los autos tendrían que contar con cuatro puertas, aire acondicionado, bolsas de aire delanteras y un precio de al menos 200 mil pesos de acuerdo a Clic aquí para seguir leyendo