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El pasado 29 de febrero, el Ayuntamiento de Guadalajara aprobó por unanimidad el nuevo “Reglamento de Compensación, Indemnización o Mitigación por Acciones Urbanísticas”. Es importante este hecho porque en Guadalajara existen 160 edificaciones irregulares y, de éstas, al menos 80 corresponden a torres que se construyeron deliberadamente fuera de norma. Las sanciones económicas que se establecen en este Reglamento, para cada metro cuadrado de edificación excedente al margen de la norma, van de los 200 a los 700 pesos de multa, según la Zona en donde ocurra el ilícito.

El costo por metro cuadrado edificado en las más de 80 torres irregulares en Guadalajara pueden alcanzar valores de 15 mil pesos –a lo bajito– o más (Mural; 15/Abr/2016), mientras que las multas que se les aplicarán son de 400 y 500 pesos por metro. La fórmula para “multarlos” resulta de imponer una tarifa de sanción a la excedencia en metros de edificación –OJO–, que se multiplica por el valor ¡catastral! de la Zona, y no sobre el valor comercial (real) de la edificación [lo que sí desalentaría estas prácticas]. De tal forma que lo que hace el tímido Reglamento es volver rentable el ‘negocio’ de violar la ley, porque la ínfima sanción económica, no inhibe (para eso son las multas), sino alienta la conducta irregular (es mas barato pagarla, que observar la ley).

En días pasados, con base este Reglamento laxo, el pleno del Ayuntamiento tapatío aprobó sancionar a ‘Torre Américas 1500’, que contempla renta de oficinas y un hotel ejecutivo, por poco más 10.1 millones de pesos, resultantes de multiplicar los 17 mil 050 metros cuadrados excedentes de construcción, por los 593 pesos de sanción. No obstante,  apenas el metro cuadrado de renta mensual para estas oficinas tendrá un costo de 286 pesos [sólo en cuanto al espacio], es decir, con el pago de poco más de dos rentas podrá solventarse el quebranto a la ley. Según los planes vigentes sólo se permiten torres de cinco niveles en esta Zona, pero ‘Torre Américas 1500’ tiene más de 20 (El Diario NTR; 14/Abr/2016).

De esta manera, es a todas luces evidente que con este Reglamento 1) pasa a legalizarse la edificación que es ilegal; 2) se institucionaliza el “moche” para violar los ordenamientos expedidos en la materia; 3) los voraces constructores trasladarán el pago de la sanción al costo final al usuario o comprador, pues lo verán como un impuesto o gasto de construcción más a pagar: el impuesto por violar las disposiciones legales y administrativas del Ayuntamiento; 4) se deja…Clic aquí para continuar leyendo